23 de Agosto del 2015
Sin lugar a dudas, estamos ante una situación desagradable que coloca al trabajador en una posición insostenible cuando se prolonga en el tiempo. Consecuentemente, el Estatuto de los Trabajadores pone remedio a esta situación mediante su artículo 50 que posibilita al trabajador a instar la extinción de su contrato judicialmente.
De esta manera, en caso de prosperar la acción, la sentencia declarará la resolución del contrato, la obligación por p...