13 de Octubre del 2017
¿Quiénes pueden denunciar?
Según el artículo 284 del Código Procesal Penal, “Toda persona que tenga conocimiento de un hecho punible de acción pública, podrá denunciarlo ante el Ministerio Público o la Policía Nacional. Cuando la acción penal dependa de instancia privada solo podrá denunciar quién tenga derecho a instar de acuerdo con las disposiciones del Código Penal”.
Alma Benitez Orzusa
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