08 de julio del 2015
Viajes de niños/as y adolescentes al exterior!
La ley dispone que en el caso de que el niño o adolescente viaje al exterior, por el motivo que fuese, requerirá de la autorización de los padres. Si el chico viaja con uno de sus padres, deberá contar con la autorización expresa del otro. Y si viaja solo, tendrá que tener la autorización de ambos.
Esta autorización se tramita ante el juez de paz que corresponde a la zona donde viven los interesados. Para gestionarla es necesario presentar originales y fotocopias del certificado de nacimiento del menor, de la cédula de identidad de los padres y del mismo menor. Todos estos documentos se presentan ante el secretario del Juzgado de Paz, quien devolverá los originales.
Si hay acuerdo entre los padres acerca del viaje, el procedimiento se simplifica. En el Juzgado de Paz se presentan los documentos y se completa el formulario que lleva el tÃtulo “Autorización para viajar al exteriorâ€, y debe ser firmado por los padres y por el acompañante, en caso de que viaje sin los padres, y por el juez. La autorización tendrá una validez de 90 dÃas. Este trámite es gratuito.
Una vez que se cuenta con el documento firmado por el juez, este debe ser legalizado ante la oficina de Legalizaciones de la SecretarÃa General de la Corte Suprema de Justicia. se realiza en la planta baja del Palacio de Justicia, de 7:00 a 13:00.
Ese documento debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores. Para eso, hay que llevar el formulario original, con las firmas del juez y los padres, previamente legalizado por el Poder Judicial, a la oficina ubicada en 14 de Mayo casi Palma. Dependiendo del destino del viajero, habrá que volver a legalizarlo ante el consulado de ese paÃs.
Si los padres no estuvieran de acuerdo con respecto al viaje, o uno o ambos estuvieran ausentes o fallecidos, la autorización debe gestionarse ante el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia. Este pedido debe ser promovido ante el juzgado de turno, con el patrocinio de un abogado. El juicio es rápido y una vez emitida la sentencia, el juzgado expide una fotocopia autenticada, que debe ser legalizada siguiendo los mismos pasos que en el caso del permiso de menor expedido por un juez de Paz.