30 de Octubre del 2015
A diferencia con lo que ocurría con el anterior Código Civil el nuevo Código Procesal Civil y Comercial trajo consigo la posibilidad para ambos cónyuges de pedir su divorcio personal sin necesidad de esperar cierto lapso de tiempo para iniciar la demanda o tener que invocar una causal (como ocurría con el divorcio sanción del anterior régimen).
Asimismo ha introducido modificaciones que permiten al momento de solicitarlo establecer el régimen ...