No podrán inscribirse en el Registro Civil español los niños nacidos en vientre de alquiler

No podrán inscribirse en el Registro Civil español los niños nacidos en vientre de alquiler

11 de febrero del 2014

¿En qué consiste?
Una mujer acepta, por acuerdo, quedar embarazada mediante una técnica de reproducción asistida que se denomina << gestación por sustitución>> regulada en España en la Ley 14/2006).

Artículo 10 Gestación por sustitución
1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales.

Así pues, en España está técnica está prohibida y no podrá hacerse de manera legal un contrato con este objeto, ya que será nulo de pleno derecho. Por tanto, esta técnica de reproducción está prohibida, correspondiendo a los padres biológicos la filiación.

¿Cuál es su objetivo?
Engendrar durante 9 meses y dar a luz al hijo o hijos de una persona soltera o en pareja. Hoy en día es una buena opción para poder ser madre o padre solteros, o padres para parejas que desafortunadamente por motivos naturales no pueden tener hijos, como por ejemplo, infertilidad, embarazos de riesgo o deseo de evitar pasar por el embarazo y el parto o parejas homosexuales masculinas que desean ser padres.

¿Dónde es legal?
Hay países como la India, Ucrania, ocho estados de los EEUU (California muy concurrido por los españoles) o en Canadá, que está permitido y es comercial, por lo que permiten hacer un contrato.

En caso de California, es legal siempre y cuando la madre resida allí. Los contratantes pagan a la madre una cantidad como máximo de 25.000 dólares; a su vez ella renuncia a todos sus derechos de filiación a favor de los padres subrogantes y como otra condición no podrá revocar el contrato.


¿Qué es lo que ocurre en España?
Muchas parejas que no pueden tener hijos lo que hacen es marcharse a otros países y su intención final es inscribirlos en España. En estos útimos días una ST del Supremo ha decidido que rechaza el acceso al Registro Civil de unos niños nacidos en California de un vientre de alquiler y a los cuales un matrimonio de varones homosexuales pretendía inscribir como hijos suyos.
Así pues esta ST marcará el principio de una Jurisprudencia en la cual no podrán por tanto inscribirse, así mismo ha dictado que si que podrán inscribirlos una vez los hayan adoptado, bastante curioso, ¿permiten inscribir hijos adoptados que han sido gestado por una madre de alquiler con sus propios genes? De esta manera adquirirán el DNI y el Pasaporte español.

¿Cómo se ha tomado esta decisión?
Por un solo voto 5-4 ha salido esta decisión totalmente en contra de las madres de alquiler. Se intenta proteger el orden público; esto se debe a la denominación de mujeres granja que se han formado en algunos países, así pues el rechazo es el temor a que si aquí se aceptará dar lugar a este tipo de situaciones.

Saludos.
Hasta el próximo Blog!

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