¿ME DEMANDARON QUE DEBO HACER?

22 de noviembre del 2017

Antes que nada hay que entender que es muy distinto una denuncia que una demanda, la denuncia es lo que un ciudadano usa para solicitar el auxilio del representante del ejecutivo es decir las procuradurias y fascalias común mente conocidos como MP, ante situaciones penales y ellos son los facultados iniciar una acción penal en contra de los presuntos responsables.

Es asi en ese entendido que cuando recibes una notificación de demanda, cuentas por lo general con 8 días para dar contestación a la misma, pero para que seas legamente notificado debes contar con la siguiente informacion:

a) Que te den un oficio que se denomina cédula de notificación, en el cual viene los datos del juzgado, los datos de numero de expediente, fecha del día en que seras legalmente notificado, y un estracto de la orden donde el juez te hace de conocimiento que hay una demanda en tu contra,Dicho oficio debe contar con la firma del juez y la firma del secretario de acuerdos.
b) El anterior oficio se te debe de entregar personalmente, por medio de un actuario notificados, este es un servidor publico facuktado por el poder judicial quien goza de fe publica, y para ello debe de identificarse dando su nombre, su identificacion del que lo faculta del juzgado y el oficio.
c) Una vez que recibas el oficio debes de firmar de conformidad de recibido, e inmediatamente corre tu termino para que des contestación a la demanda instaurada en tu contra.

Existen demandas del orden civil, mercantil, administrativo y laboral.
cada una tiene sus especificaciones con respecto al tiempo de contstacion, y para ello es necesario que estes acompañado de un profesional facultado con cedula expedida de la secretaria de educacion publica para ejercer leyes, es decir obligatriamente debes contar con un abogado, y en caso de no poder costear uno cuentas con abogados de oficio, quienes no te cobran en tu representacion.

Nota nunca firme nada si no te notifican con forme a lo que la ley establece.

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