Excepción al requisito de estar al corriente de pago para impugnar acuerdos

Excepción al requisito de estar al corriente de pago para impugnar acuerdos

04 de diciembre del 2019

Sobre la excepción al requisito de estar al corriente de pago para impugnar acuerdos adoptados por la junta propietarios, os dejo el enlace a este artículo. https://kaissabogados.es/excepcion-al-requisito-de-estar-al-corriente-de-pago-para-impugnar-acuerdos/

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