03 de septiembre del 2015
Desde el principio es importante entender que tanto los gastos ordinarios como los extraordinarios forman parte del concepto de alimentos y que si en la Sentencia o Convenio Regulador est谩n incluidos y detallados cu谩les son los gastos que se consideran extraordinarios no debiera haber demasiados conflictos de interpretaci贸n, sin embargo, todos sabemos que no es posible incluir en la Sentencia o Convenio Regulador una lista en la que se engloben 鈥渢odos los posibles gastos futuros鈥 que por definici贸n no son tan previsibles, ya que por eso son llamados 鈥渆xtraordinarios鈥, y adem谩s, hay que tener en cuenta que las circunstancias econ贸micas de los progenitores tambi茅n pueden cambiar con el paso del tiempo.
驴Qu茅 gastos engloba el concepto de alimentos?
El concepto de alimentos integra tanto los gastos ordinarios como los gastos extraordinarios aunque su forma de satisfacerlos es distinta, ya que los gastos ordinarios son los normales en la vida diaria de los hijos y quedan satisfechos con el pago de la pensi贸n de alimentos (si la hay), y los extraordinarios son los que se abonan cuando se produce la necesidad de este gasto extra, que en principio, no es constante ni previsible.
La obligaci贸n de alimentos que los padres deben garantizar a sus hijos en la separaci贸n (casados o no), nulidad o divorcio engloba todo lo que es indispensable para el mantenimiento de los hijos, como alojamiento, comida, ropa, calzado, asistencia m茅dica y educaci贸n.
Esta garant铆a u obligaci贸n de alimentos se fija en la sentencia de nulidad, separaci贸n o divorcio o en el Convenio Regulador (si es de mutuo acuerdo), estableciendo la cantidad o porcentaje que el padre o madre debe abonar en concepto de pensi贸n alimenticia para satisfacer los gastos ordinarios de la vida diaria y el porcentaje para sufragar los gastos extraordinarios cuando estos surjan.
驴C贸mo se fija la cuant铆a de la pensi贸n de alimentos?
Para que el juez fije la cuant铆a para abonar los gastos ordinarios y extraordinarios en concepto de alimentos, tendr谩 en cuenta dos circunstancias:
1.La capacidad econ贸mica de la persona que est谩 obligada a abonarlos.
2.Las necesidades de los hijos.
驴Qu茅 son gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios forman parte de las obligaciones parentales, nacen de las necesidades de los hijos y se diferencian de los gastos ordinarios en que su naturaleza es excepcional, eventual, dif铆cilmente previsible y de una cuant铆a generalmente considerable.
Pero y los libros 鈥 驴son gastos ordinarios o extraordinarios?
Entendemos que ser谩n ordinarios o extraordinarios seg煤n est茅 fijado su car谩cter en la sentencia o convenio regulador y de no ser as铆, su concepto depender谩 del acuerdo de los padres, o de lo que dictamine el juez a falta de acuerdo, ya que hay una gran controversia al respecto, ciertos Tribunales los consideran ordinarios, y por lo tanto, incluidos en la pensi贸n de alimentos y otros extraordinarios, excluy茅ndolos de la pensi贸n de alimentos ordinaria y debiendo abonarlos ambos progenitores aparte y en la proporci贸n acordada cuando estos gastos extras se producen, que puede ser al 50%, o no, en funci贸n de las necesidades de los hijos y de la capacidad econ贸mica de los obligados al pago.
Por lo tanto, los gastos extraordinarios son tambi茅n una prestaci贸n de alimentos pero con car谩cter extraordinario, siguiendo la l铆nea del Tribunal Constitucional, STC 120/84 de 10 de diciembre, y como tal prestaci贸n de alimentos, el Juez podr谩 determinar en cada caso particular, la contribuci贸n de cada progenitor para satisfacer los alimentos.
驴Cu谩les son los gastos habitualmente incluidos como extraordinarios?
En muchas sentencias se incluyen como gastos extraordinarios, que deben pagar ambos progenitores cuando estos se producen, los gastos m茅dicos y sanitarios no cubiertos por el Sistema P煤blico de Salud (Seguridad Social) o Privado que los progenitores tengan contratado, las clases extraordinarias necesarias para aprobar los ex谩menes, y algunas veces tambi茅n, como dec铆amos, los libros del curso.
驴Hay una regla general para tener obligaci贸n de pagar los gastos extraordinarios?
En principio y para evitar conflictos, los gastos extraordinarios deben ser consentidos antes de su pago por ambos progenitores con el objeto de que cada uno de ellos pueda opinar sobre su conveniencia o su cuant铆a y, a falta de acuerdo, que sean autorizados judicialmente.
驴Y si el gasto es urgente y no obtengo respuesta del otro progenitor o se niega?
Con car谩cter excepcional, y siempre sea urgente actuar y no haya sido posible obtener una respuesta del otro progenitor sobre la conveniencia de realizar el gasto y de asumirlo, en base al art铆culo 158 del C贸digo Civil, para evitar un mal mayor (favor filii), los gastos inaplazables y que no pueden posponerse sin grave riesgo o da帽o del hijo, podr铆an ser autorizados judicialmente con posterioridad si concurriere discordia entre los padres.
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