12 de mayo del 2015
En estas 煤lltimas semanas, sobre todo si sois residentes de Montilla, muchos de vosotros habr茅is recibido en casa una curiosa notificaci贸n de Catastro con una 鈥淧ropuesta de Resoluci贸n con Acuerdo de Alteraci贸n鈥. Ante la falta de informaci贸n oficial que parece haber rodeado este proceso de regularizaci贸n catastral, queremos arrojar un poco de luz sobre el tema para que quede claro en qu茅 consiste este proceso.
Tenemos que retrotraernos a 2012, a帽o en que la Ley 16/2012 plante贸 una novedad a la Ley del Catastro Inmobiliario al objeto de esta regularizaci贸n. En Espa帽a tenemos muchos inmuebles -r煤sticos y urbanos- cuyos datos catastrales distan mucho de los reales. Esto puede deberse bien a modificaciones u obras realizadas en el inmueble, y no comunicadas a Catastro; o bien al hecho de que desde el momento en que dicho inmueble se construy贸, los datos aportados a Catastro difer铆an ya de la realidad f铆sica. Pensemos, por ejemplo, en situaciones como una terraza a la que se le pone una cubierta, una parcela en la que construimos una piscina o un chal茅 en el que ganamos metros al jard铆n ampliando el porche. Todas ellas situaciones que debemos comunicar a Catastro y que, en la mayor铆a de las ocasiones, no cumplimos.
Ante esta situaci贸n, Catastro ha puesto en marcha un procedimiento de regularizaci贸n catastral en el que el propio organismo act煤a de oficio. Desde 2013 y hasta 2016 se vienen desarrollando regularizaciones masivas en diferentes localidades de la geograf铆a espa帽ola. A la Propuesta de Resoluci贸n ha de acompa帽arse la liquidaci贸n de la Tasa, de 60 鈧, una tasa estatal y que ha de pagar obligatoriamente el propietario del inmueble regularizado.
Teniendo en cuenta que con el pago de esta tasa el obligado queda 鈥渆xento鈥 de responsabilidad por esta irregularidad catastral y su falta de notificaci贸n al Catastro -el propietario est谩 obligado a comunicar a Catastro cualquier alteraci贸n en su vivienda en el plazo de dos meses desde que se produce la modificaci贸n, ante sanciones de hasta 6.000 鈧 por incumplimiento-, esta regularizaci贸n se ha venido tratando como una suerte de 鈥渁mnist铆a catastral鈥, al modo de la conocida amnist铆a fiscal, por la que se pretend铆an regularizar grandes sumas de dinero oculto al fisco y cuyos beneficiarios se libraban del posible delito a cambio de una 鈥渢asa de regularizaci贸n鈥.
Hay que tener en cuenta que los efectos de la regularizaci贸n se retrotraen al momento en que se realiz贸 la modificaci贸n. En caso de no tener certeza de esto, que ser谩 lo m谩s habitual, y en el caso concreto de Montilla, los efectos pueden llevarse incluso hasta el 1 de enero de 1997, fecha en que entr贸 en vigor la ponencia de los valores catastrales.
Detalle del Catastro Machado, primer levantamiento de este tipo en C贸rdoba. (Wikipedia)Detalle del Catastro Machado, primer levantamiento de este tipo en C贸rdoba. (Wikipedia)
Me han notificado esta Propuesta de Regularizaci贸n. 驴En qu茅 me afecta?
Si os abren este Expediente de Regularizaci贸n y su Resoluci贸n deviene firme, por falta de recurso o por no prosperar 茅ste; se alterar谩 el valor de vuestro inmueble, lo cual afectar谩 en el momento en que decid谩is transmitir el mismo -tendr谩 una mayor valoraci贸n a efectos de liquidaci贸n del impuesto correspondiente-, y puede afectar a la declaraci贸n de la Renta, ya que, por ejemplo, los inmuebles no ocupados ni arrendados tributan mediante repercusi贸n de un porcentaje del valor de los mismos.
Adem谩s, el municipio podr谩 emitir liquidaciones complementarias por los importes que se pagaron de menos a consecuencia de la valoraci贸n resultante de la regularizaci贸n, siempre que dichos importes no est茅n prescritos. Es decir, el Ayuntamiento podr谩 liquidar la diferencia entre lo pagado y lo que habr铆a habido que pagar si constaran las valoraciones resultantes, para el per铆odo de los 煤ltimos cuatro a帽os.
No obstante, hemos de precisar que, si bien todo esto puede tener apariencia de af谩n recaudatorio, no est谩 de m谩s regularizar durante el plazo estipulado en cada municipio, incluso voluntariamente, los inmuebles de nuestra propiedad. Evitaremos una posible sanci贸n, que puede llegar hasta los 6.000 鈧, pagando simplemente una tasa de 60. Eso s铆, tenemos que tener en cuenta que con la 鈥渁minist铆a catastral鈥 viene despu茅s la regularizaci贸n tributaria por esos cuatro a帽os no prescritos.