Divorcio con hijos: Claves esenciales sobre la pensi贸n de alimentos

Divorcio con hijos: Claves esenciales sobre la pensi贸n de alimentos

05 de febrero del 2015

Mucha gente se ha preguntado qu茅 pasa llegado el momento del divorcio cuando hay menores de edad de por medio o incluso qu茅 ocurre cuando nace un menor de edad sin haber v铆nculo ninguno entre los padres. 驴Qui茅n debe hacerse cargo del menor as铆 como de sus gastos cuando el tutor que ejerce la patria potestad no tiene capacidad econ贸mica suficiente para la crianza del menor por s铆 solo?.

Ante todas estas cuestiones, las cu谩les son cada vez mas abundantes, nuestro actual ordenamiento (Espa帽a) es claro a la hora de regularlas.

Llegado el momento del divorcio, es probable que uno de los progenitores quede obligado al pago de una pensi贸n alimenticia para compartir gastos relativos a las necesidades b谩sicas del mismo con el padre que ejerce la tutor铆a.

驴Pero qu茅 entendemos realmente por 鈥減ensi贸n alimenticia鈥? Los c贸nyuges o tutores legales de los menores est谩n obligados a dar alimento a sus hijos. Esta pensi贸n surge por la imposibilidad de uno de los padres de la manutenci贸n completa del menor, recayendo sobre el otro tutor la obligaci贸n de completar esta necesidad para el correcto desarrollo de las necesidades b谩sicas del menor. La pensi贸n ser谩 obligatoria durante la minor铆a de edad del hijo y en el caso de que sea mayor de edad, hasta que acabe los estudios que estuviese cursando.

Relativo a la cuant铆a de la pensi贸n, son frecuentes las dudas relativas a si ser谩 necesaria para cubrir los gastos del menor o de si puede aumentar o disminuir. Efectivamente toda pensi贸n alimenticia abarca en todo caso los gastos necesarios del menor, los gastos que son ordinarios como la alimentaci贸n, la sanidad, la vestimenta y el alojamiento generalmente, quedando aparte otros gastos extraordinarios como por ejemplo los estudios, viajes, actividades extraescolares, etc. Ante la duda sobre la cuant铆a de la misma esta ser谩 el resultado de un an谩lisis sobre las circunstancias econ贸micas y familiares de ambos padres, haciendo m谩s ah铆nco sobre el progenitor que tiene la obligaci贸n del pago, esta pensi贸n ser谩 suficiente para cubrir los gastos en todo caso.

Cuando el progenitor encargado de su pago no se hace cargo de la pensi贸n durante dos meses a cuatro, podr谩 ser denunciado ante un Juzgado Penal por el incumplimiento de la sentencia pudiendo ser embargado incluso para el aseguramiento de cumplir con la obligaci贸n. En caso de existir imposibilidad de pago debido al cambio de las circunstancias personales o econ贸micas del tutor, la pensi贸n podr谩 ser modificada siempre que esas circunstancias sean verificadas en todo caso, comunic谩ndolo al Juez que hubiese conocido anteriormente del asunto por medio de un incidente.

@RebecaVillalba1

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