11 de enero del 2014
Ya comienzan a aparecer las primeras sentencias que condenan a las entidades a devolver las cantidades cobradas como consecuencia de una cláusula suelo, como dice el proverbio chino, “un viaje de mil kilómetros comienza con un solo paso”
Aquí os dejo algunos ejemplos:
-El juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao ha declarado nula de pleno derecho la cláusula suelo-techo recogida en un contrato de préstamo hipotecario suscrito en 2006 con un suelo del 3,25% y techo del 9,25%.
Asimismo obliga a la entidad bancaria a reintegrar a los demandantes las cantidades indebidamente cobradas en virtud de esa cláusula, que asciende a un total de 11.973 euros hasta febrero de 2013 y al pago de las costas del proceso de demanda.
-Dos juzgados de Barcelona han anulado las cláusulas suelo de sendos contratos hipotecarios de Banco Pastor y Banco Sabadell por considerar que estas condiciones son abusivas, y condena a las entidades a la devolución a los afectados de 16.147 euros y 7.005 euros, respectivamente.
-El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha anulado las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios de Ipar Kutxa Rural al considerarlas abusivas por falta de transparencia y ha obligado a la entidad a devolver a los clientes el dinero que abonaron en este concepto.
-El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha declarado la nulidad de la cláusula suelo de una escritura de préstamo hipotecario firmado por Unicaja en agosto de 2006 y ha condenado a dicha entidad a devolver al titular las cantidades cobradas en aplicación de la estipulación que se anula, en este caso, 2.462 euros, más los intereses y otras cantidades que se vayan devengando.
-Un juzgado de Zamora anula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario de Banco Pastor y sentencia a la entidad a devolver las cantidades abonadas.
Se declara nula la cláusula suelo por ser «abusiva», lo que, indica la sentencia, conlleva «la nulidad de todos los efectos al momento inmediatamente anterior a la celebración del referido contrato» hipotecario. Por estas razones el juzgado ha obligado a la entidad en cuestión, Banco Pastor, a realizar un nuevo cálculo de todas las cuotas del crédito hipotecario desde la firma del mismo y al abono a la parte demandante de la diferencia entre lo efectivamente ingresado y lo que hubiera sido sin la inclusión de este polémico punto en el contrato.
-El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria ha obligado al BBVA a devolver a un cliente 3.000 euros cobrados por una cláusula suelo. Este juzgado ha declarado la nulidad de la cláusula suelo incluida en un contrato hipotecario de mayo de 2009, que estaba fijada en el 2,5 por ciento.
Hace apenas una semana, este mismo Juzgado de lo Mercantil de Vitoria acordó la nulidad de una cláusula suelo de una hipoteca que un vecino de la localidad Murgía había suscrito con Caja Extremadura -en la actualidad, Liberbank- y obligó a la entidad a devolver al cliente un total de 16.983 euros. Era la segunda sentencia de estas características en apenas una semana en Euskadi, después de que el Mercantil nº 1 de Bilbao condenase a Novacaixagalicia Banco (NCG) a reintegrar a un cliente 11.973 euros por el mismo motivo.