¿CÓMO FUNCIONA EL DERECHO SUCESORAL EN VENEZUELA?

01 de noviembre del 2017

El Artículo. 796 del Código Civil Venezolanos establece de qué manera se puede adquirir la propiedad, de la siguiente manera:
La propiedad se adquiere por ocupación. La propiedad y demás derechos reales se adquieren y transmiten por la ley, por sucesión, por efectos de los contratos y por medio de la prescripción.
Ahora bien, según Sanojo: En un sentido extenso, LA SUCESIÓN es la transmisión de un derecho de una persona viva o muerta a otra, así, el comprador, el donante, el heredero y el legatario son sucesores. Es decir, Suceder es simplemente transmitir de una persona a otra una cosa; ya sea, que una persona la venda a otra, ya sea que la persona muera y deje una herencia o sea una persona que le de una donación a otra. Etc .
En sentido estricto, (Mortis Causa) es la transmisión de los derechos de un difunto (de cujus, causante) a un heredero o a un legatario.
La Declaración Sucesoral, es un trámite que realizan familiares de fallecidos, sobre el reconocimiento de propiedades y bienes que pertenecían al difunto ante el Seniat; se trata de un acto obligatorio para poder disponer de esas propiedades. El plazo de los familiares para presentar la declaración sucesoral es de ciento ochenta (180) días, hábiles contados a partir de la apertura de la sucesión, es decir, a partir del fallecimiento del causante; tal como lo establece el artículo 27 de la ley de impuestos, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.
Marco legal en materia de sucesiones en Venezuela.
En Venezuela, el marco legal que regula la materia de sucesiones está establecido en el Código Civil Venezolano y en la Ley de Impuesto sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos.
El Código Civil dedica el Título II
“De las Sucesiones”
l Libro III del Código Civil

De las maneras de adquirir y transmitir la propiedad y demás derechos” al derecho hereditario, el cual se encuentra ampliamente desarrollado en los 305 artículos (del 807 al 1132).Por otra parte, el Código Civil establece quienes pueden y no pueden suceder, así como el orden en el cual se debe desarrollar la sucesión. En cuanto a las sucesiones por testamento, el Código explica los procesos en los cuales se aplica el testamento, los tipos existentes (ordinarios, especiales, y los otorgados en un país extranjero). Por su parte, en relación a las herencias, se establecen los casos de aceptación o repudio de la herencia, y por último se señalan los procesos de partición, colación, imputación y pago de deudas.
Ley de Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás ramos conexos, tiene por objeto regular el pago de impuestos correspondiente a las “transmisiones gratuitas de derechos por causa de muerte o por actos entre vivos (Artículo 1); Así mismo, la ley establece las personas a las cuales está dirigida, indicando que están obligados de declarar todos aquellos beneficiarios de herencias o legados que contemplen bienes muebles o inmuebles, derechos y acciones sobre el territorio venezolano.

REQUISITOS NECESARIOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN
SUCESORAL:
Todos lo documentos deben ser presentados en original y dos (2) copias.
La Declaración debe ser realizada a través de la página del SENIAT
www.seniatgob.ve e imprimir (4) copias
Las declaraciones sustitutivas correspondientes a las declaraciones efectuadas con anterioridad al 29/07/2013, deben presentarse de forma manual a través de los formularios: Anexo 1, 2, 3, 4. 5. 6 7 Y FORMA 32
OBLIGATORIO DOS (02) CARPETAS MARRONES TAMAÑO OFICIO
CUANDO LOS HEREDEROS SON EL O LA CÓNYUGUE Y LOS HIJOS
• Planilla de pago (si es el caso)
• RIF de la Sucesión
• Copia de la Cedula de Identidad del causante y herederos (en una hoja)
• Cedula y Carnet del lnpreabogado
• Acta de defunción del causante
• Acta de Matrimonio;
• Partida de Nacimiento de los Hijos
• Documento de Propiedad de los Bienes dejados por el causante:
• Factura de los Pasivos (Funeraria, Cementerio, Honorarios Profesionales,
• Oficio emitido por la Institución Bancaria donde indique los saldos de las
• Cuentas de Ahorro, Depósitos a largo Plazo, Estados de Cuenta de la (s)
• Tarjeta (s) Crédito y pruebas escritas de las Obligaciones dejadas por el
• causante "Cuentas por Papar", otros);
• Registro de Vivienda Principal o Constancia de Residencia a nombre de uno de los herederos, emitida por la Alcaldía o Junta Parroquial de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el inmueble objeto de la transmisión

CUANDO LOS HEREDEROS SON HERMANOS
• Acta de Defunción del Causante:
• Partida de Nacimiento del Causante
• Partida de defunción de los padres
• Partida de Nacimiento de los Hermanos,
• Documento de Propiedad de los Bienes dejados por el Causante;
• Factura de los Pasivos (Funeraria, Cementerio, Honorarios Profesionales, últimos Estados de Cuenta de fa (s) Tarjeta (s) de Crédito y pruebas escritas de las Obligaciones dejadas por el Causante. "Cuentas por Pagar".
• RJF de la Sucesión.
CUANDO LOS HEREDEROS SOBRINOS POR DERECHO DE REPRESENTACIÓN
• Acta de Defunción del Causante;
• Partida de Nacimiento del Hermano Premuerto;
• Partida de Nacimiento del Causante;
• Partida de Nacimiento de los Sobrinos;
• Documento de Propiedad de los Bienes dejados por el Causante;
• Factura de los Pasivos (Funeraria, Cementerio, Honorarios Profesionales, últimos Estados de Cuenta de la (s) Tarjeta (s) de Crédito y pruebas escritas de las Obligaciones dejad.as por el Causante, "Cuentas por Pagar");
• RIF de la Sucesión.
OTROS RECAUDOS A TOMAR EN CONSIDERACIÓN
En los casos de acciones o cuotas de participación en sociedades:
• Registro Mercantil de la (s) Ernprésa (s):
• Balance General de la(s) Empresa (s), ajustado a la · fecha de fallecimiento del causante.
• Informe firmado por un Contador Público y visado por el colegio de contadores que indique el valor mercado o venal de las Acciones;
• Oficio del Banco donde indique el Saldo de Cuentas de Ahorro o Corriente, Fondos de Activos Líquidos y de cualquier otra, a la fecha del fallecimiento del Causante;
• Saldo de Caja de Ahorro, a la fecha de fallecimiento del causante:
• Constancia de Valor Mercado de Acciones emitidas por Clubes Turísticos.

EN LOS CASOS DE ACCIONES COTIZADAS EN LA BOLSA DE VALORES
• Certificación de les precios corrientes a la fecha de la apertura de a Sucesión expedida por la bolsa de valores correspondiente.
NOTA: TODO DOCUMENTO EMANADO DE UN PAÍS EXTRANJERO DEBE SER LEGALIZADO Y
TRADUCIDO POR INTÉRPRETE PÚBLICO (LA LEGALIZACIÓN IMPLICA EL SELLO DEL CONSULADO DE VENEZUELA O EL SELLO DE LA APOSTILLA DE LA HAYA).

CUANDO LOS HEREDEROS SON PADRES
• Acta de defunción del Causante;
• Partida de Nacimiento del Causante;
• Documento de Propiedad de los Bienes dejados por el Causante: Faciura de ios Pasivos (Funeraria. Cementerio, Honorarios Profesionales, Estados de Cuenta de la (s) Tarjeta (s) Crédito y pruebas escritas de las Obligaciones dejadas por el causante "Cuentas por Pagar", otros).
• Registro de Vivienda Principal o Constancia de Residencia a nombre de uno de los herederos, emitida por la Jefatura o autoridad competente de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el inmueble objeto de la transmisión:
• RI F de la Sucesión.
PLANILLA DE PAGO FORMA PS-32
A partir del 15 de febrero de 2001, entró en circulación un nuevo formato denominado "PLANILLA DE PAGO SOBRE SUCESIONES FORMA PS32" ,la cual será utilizada para los pagos correspondientes a la Ley de Impuesto Sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos conexos.
RECOMENDACIONES:
Existen declaraciones sencillas, como existen declaraciones extensas y complicadas, por lo tanto, si no sabe hacer la declaración le recomiendo contrate un abogado especialista en la materia para evitarse pérdida de tiempo y complicaciones futuras.
Atte. Abogado Luis Tortolero Bolívar
Edo. Miranda-Venezuela

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